
Aprobado nuevo modelo tributario para ganancias patrimoniales por cambio de residencia
Se aprueba por Proyecto de Orden el Modelo 113 de «Comunicación de datos relativos a las ganancias patrimoniales por cambio de residencia cuando se produzca a otro Estado Miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con efectivo intercambio de información tributaria».
Esta comunicación deberá ser presentada por los contribuyentes del IRPF de forma individual cuando pierdan su condición de residente por cambio de residencia a otro estado miembro de la UE y siempre que lo hubiese sido durante al menos diez de los quince períodos impositivos anteriores al último periodo que deba declararse por este impuesto.
El plazo para la presentación estará comprendido entre la fecha del desplazamiento y la fecha de finalización del plazo de declaración del Impuesto correspondiente al primer ejercicio en el que el contribuyente no tuviera condición de residente. Debiendo comunicarse las variaciones de domicilio en el plazo de dos meses desde que se produzcan.
El modelo contendrá, según el proyecto de orden:
a) La opción por la aplicación de las especialidades previstas en el apartado 6 del artículo 95 bis.
b) La ganancia patrimonial puesta de manifiesto.
c) El mantenimiento de la titularidad de las acciones o participaciones.
d) La identificación de las acciones o participaciones que dan lugar a las ganancias patrimoniales por cambio de residencia, así como el porcentaje de titularidad.
e) El valor de mercado de las acciones o participaciones a que se refiere el apartado 3 del artículo 95 bis de la Ley del Impuesto.
f) El Estado al que se traslada la residencia, con indicación del domicilio, así como las posteriores variaciones en el domicilio.
La presentación de la comunicación podrá realizarse por cualquiera de las formas previstas en la letra a) del artículo 19 de la Orden HAP/2194/2013, 22 de noviembre que serán aplicables desde el 1 de enero de 2016.