Dana de valencia 2024
28/05/2025

Ayudas DANA Generalitat Valenciana: Industria, Hostelería, Comercio y Servicios

Compartir
Autor del post
SOCIA COORDINADORA | ASESORA FISCAL | RESPONSABLE DEL ÁREA INTERNACIONAL
Newsletter

La Generalitat Valenciana publicó recientemente una línea de subvenciones para apoyar a las empresas afectadas por la DANA del pasado 29 de octubre de 2024. Esta convocatoria incluye ayudas dirigidas a industrias, hostelería, comercio y servicios que hayan sufrido daños materiales acreditables en sus bienes, instalaciones o activos.

También podrán acogerse a estas ayudas las personas jurídicas propietarias de los inmuebles dañados, siempre que cumplan los requisitos establecidos. Algunas actividades primarias quedan excluidas.

¿Quién puede beneficiarse?

  • Pymes con establecimiento en municipios afectados.
  • Personas jurídicas propietarias de los inmuebles dañados.
  • Empresas pertenecientes a sectores industriales con CNAEs del 10 al 33.

Características de la ayuda

  • Subvención de hasta el 50% del coste subvencionable, con un tope de 100.000 €.
  • Posibilidad de anticipo parcial. El resto se abonará tras la revisión de la justificación (prevista para mediados de 2026).
  • Modalidad: concurrencia no competitiva (se atienden solicitudes por orden hasta agotar fondos).

Gastos subvencionables

  • Adquisición de equipos productivos, auxiliares e intangibles (ERP, CRM, licencias…).
  • Costes de reparación, adaptación y mejora de instalaciones y obra civil (requiere licencia).
  • Gastos de certificaciones, patentes, uso de licencias, e ingeniería del proyecto (hasta 20.000 €).
  • Coste del informe de justificación elaborado por auditor ROAC.

Plazos y condiciones

  • Solicitudes: del 15 de abril al 30 de junio de 2025.
  • Costes subvencionables: ejecutados entre el 29 de octubre de 2024 y el 30 de octubre de 2025.
  • Justificación: hasta el 30 de octubre de 2025, con posibilidad de prórroga.
  • Será necesario presentar tres ofertas si el gasto supera los 15.000 € (cuando el gasto se realice tras la concesión).
  • Se exige cumplimiento de la Ley 3/2004 de plazos de pago (inferior a 60 días).
  • Gestión exclusivamente telemática.
  • Aplicación del régimen de minimis (tope 300.000 € en 3 años para la empresa o grupo).

Línea complementaria para hostelería, comercio y servicios

Se ha habilitado una línea adicional para estos sectores, con ayudas de hasta el 70% del gasto subvencionable y un tope de 50.000 €.

Si eres una empresa que se encuentra dentro de los supuestos establecidos necesitas ayuda con la tramitación puedes contactar con nuestro equipo de laboral