DANA VALENCIA
14/11/2024

Medidas urgentes de los Reales Decretos-Ley 6/2024 y 7/2024 en respuesta ante la DANA

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SOCIO DIRECTOR | RESPONSABLE M&A | RESPONSABLE INTERNACIONAL
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El 6 y el 11 de noviembre de 2024 se publicaron en el BOE los RDL 6/2024 y 7/2024 en los cuales se establecen medidas de carácter urgente de apoyo a los municipios y ciudadanos afectados por la DANA, que asoló varias zonas de España el pasado 29 de octubre, y muy en especial la provincia de Valencia.

A continuación realizamos un resumen de los aspectos clave de ambos decretos:

RDL 6/2024

1. Objetivo y ámbito de aplicación

El Real Decreto-ley se dirige a municipios específicamente incluidos en el anexo de la norma, y su propósito es brindar asistencia urgente a individuos y entidades (públicas y privadas) afectadas por daños materiales y humanos directos o indirectos. Estas medidas son complementarias a las aprobadas por el Consejo de Ministros y están alineadas con los principios de solidaridad interterritorial.

2. Medidas para entidades locales y municipios

Ayudas extraordinarias para gastos de emergencia

El decreto otorga ayudas para cubrir hasta el 100% de los gastos de emergencia en los municipios afectados. Estas ayudas pueden usarse para:

  • Evacuación, alojamiento y alimentación: Incluye alojamiento temporal y alimentos para personas afectadas que debieron abandonar sus hogares.
  • Limpieza y retirada de escombros: Subvención para la limpieza de calles, eliminación de escombros y enseres inservibles, y retirada de lodos.
  • Seguridad pública y servicios esenciales: Financiamiento para servicios municipales como seguridad y apoyo a infraestructuras básicas, siempre que estos servicios sean necesarios para garantizar la seguridad y la continuidad de los servicios esenciales.

Exclusiones: Las ayudas no aplican para reparaciones en infraestructuras ya cubiertas por el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática. Tampoco se incluyen gastos derivados de personal municipal ni de cuerpos como bomberos y protección civil.

Financiación para la reconstrucción de infraestructuras

El Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática podrá otorgar subvenciones directas para cubrir los costes de reparación o reconstrucción de infraestructuras públicas, especialmente redes viales y servicios municipales. Las ayudas incluyen la posibilidad de reubicar infraestructuras afectadas en otras áreas si es necesario.

3. Medidas fiscales y catastrales

Exenciones y reducciones tributarias

Se establecen beneficios fiscales para propiedades y actividades en las áreas afectadas:

  • Exención del IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles): Los inmuebles afectados quedan exentos del pago del IBI en el año fiscal 2024.
  • Reducción del IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas): Las empresas y comercios ubicados en las zonas afectadas podrán reducir su cuota del IAE proporcionalmente al tiempo de inactividad causado por los daños de la DANA.
  • Exención de tasas de Tráfico y DNI: Exención de tasas por expedición y duplicado de documentos oficiales destruidos (DNI y permisos de conducción o circulación).

Los contribuyentes que ya hayan abonado estos impuestos pueden solicitar la devolución de las cantidades ingresadas.

Ampliación y flexibilización de plazos tributarios

Para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, se prorrogan hasta el 30 de enero de 2025 los plazos para declaraciones, pagos y otras gestiones tributarias de personas y entidades afectadas. Asimismo, el decreto permite:

  • Aplazamiento de deudas tributarias sin intereses durante los primeros seis meses para declaraciones cuyo plazo venza antes del 30 de enero de 2025.
  • Suspensión de subastas y procedimientos de embargo para bienes ubicados en municipios afectados.
    Medidas catastrales

La Dirección General del Catastro amplía los plazos de presentación de declaraciones catastrales hasta el 30 de enero de 2025, así como para recursos y alegaciones relacionados con bienes ubicados en los municipios afectados.

4. Apoyo a la financiación municipal

Para garantizar que los municipios tengan los recursos necesarios para afrontar las consecuencias de la DANA, el decreto permite a las entidades locales utilizar su superávit de 2024 para financiar inversiones en la reparación de infraestructuras y servicios afectados. Esta medida también exime a los ayuntamientos de cumplir ciertos requisitos de estabilidad presupuestaria, normalmente aplicables a las inversiones de superávit.

Además, el Fondo de Financiación de Entidades Locales cubrirá necesidades financieras extraordinarias, incluyendo proyectos de reconstrucción, en 2024 y 2025.

5. Suspensión de plazos procesales y obligaciones

Para facilitar la recuperación de las personas y entidades afectadas, el decreto establece:

  • Suspensión de plazos procesales y administrativos en los órganos judiciales de la provincia de Valencia hasta el 10 de noviembre de 2024, con posibilidad de prórroga.
  • Exención del deber de solicitud de concurso para empresas en situación de insolvencia, permitiéndoles continuar operando sin necesidad de entrar en concurso hasta dos meses después del levantamiento de la suspensión.

Asimismo, el decreto permite que personas afectadas en los municipios designados puedan suspender el derecho de desistimiento en compras o contratos de servicios hasta el 31 de enero de 2025, sin penalización alguna.

RDL 7/2024

1. Objeto y ámbito de aplicación

Este decreto-ley establece el Plan de Respuesta Inmediata, Reconstrucción y Relanzamiento, aplicable a personas físicas y jurídicas afectadas directamente en los municipios señalados en el anexo del RDL 6/2024, así como a las afectadas indirectamente fuera de esos municipios.

2. Medidas sectoriales clave

Energía

Flexibilización de contratos de electricidad y gas: Los consumidores afectados pueden modificar condiciones contractuales sin penalizaciones.
Prohibición de cortes de suministro: No se podrá interrumpir el suministro de electricidad, gas, productos derivados del petróleo y agua para los consumidores hasta el 31 de diciembre de 2025.

Tributario

  • Suspensión de plazos tributarios: Se suspenden plazos para cumplir obligaciones fiscales y procedimientos administrativos en las zonas afectadas, facilitando así el cumplimiento para quienes se enfrentan a pérdidas materiales.
  • Reducción en IRPF e IVA: Los afectados pueden reducir el rendimiento neto calculado por módulos en el IRPF en un 25% y aplicar la misma reducción al IVA en el régimen simplificado para el año 2024. Esta medida es aplicable en los municipios del anexo.

Vivienda

Ayudas para alojamiento: SEPES recibirá subvenciones para adquirir viviendas destinadas temporalmente a familias que hayan perdido sus hogares.

Agricultura

Compensación para explotaciones agrarias: Los agricultores afectados recibirán ayudas equivalentes al 30% de la media de sus ingresos anuales. Además, se habilitan fondos para la renovación de maquinaria agrícola dañada por la DANA.

3. Empleo y Seguridad Social

Las medidas incluyen protecciones adicionales para personas trabajadoras en zonas afectadas:

  • Permiso remunerado para ausencias justificadas: Los trabajadores podrán ausentarse con derecho a remuneración si se ven impedidos para trabajar por las condiciones creadas por la DANA, como accesos bloqueados o actividades de limpieza de sus hogares.
  • Trabajo a distancia obligatorio: En las empresas de las zonas afectadas, el teletrabajo será la opción preferente cuando sea posible, sin detrimento para el salario del trabajador.
  • ERTE por fuerza mayor: Se refuerzan los ERTE de fuerza mayor aplicables a empresas afectadas directa o indirectamente por la DANA. Estos ERTE tendrán exenciones de cotización del 100% hasta el 28 de febrero de 2025.

Autónomos

Renuncia al régimen de módulos en IRPF: Los autónomos afectados podrán renunciar temporalmente al método de módulos para 2024 y acogerse al régimen de estimación directa, permitiéndoles calcular sus ingresos de forma más adecuada a la situación actual.
Prestación por cese de actividad: Se amplían las condiciones para la prestación por cese de actividad, incluyendo el cese parcial sin requerir justificación inmediata, con posibilidad de reanudar el método de módulos en 2025 o 2026.

4. Ayudas específicas por sectores

  • Comercio internacional: ICEX reembolsará cuotas por eventos internacionales cancelados y concederá ayudas a empresas que no puedan participar en eventos internacionales debido a los daños.
  • Sector cultural: Ayudas específicas de hasta dos millones de euros se destinarán a cines, librerías, y productoras que operan en zonas afectadas.
  • Sector educativo: Los estudiantes de municipios afectados podrán acogerse a medidas de apoyo hasta el fin del curso académico 2024-2025, independientemente del lugar donde estudien.

Ambos Reales Decretos contienen un paquete integral de medidas orientadas a la respuesta inmediata, reconstrucción y reactivación económica tras los daños causados por la DANA. Este conjunto de disposiciones incluye ayudas financieras, exenciones fiscales, apoyo al comercio y la agricultura, y medidas en el ámbito laboral y de vivienda. Su objetivo es proporcionar un alivio efectivo a los municipios y ciudadanos afectados, así como facilitar la recuperación económica y el restablecimiento de la normalidad en las zonas dañadas.

Estamos a vuestra entera disposición para cualquier pregunta, consulta o ayuda que pueda necesitar por parte de Miñana Beltrán