
España es un destino atractivo tanto para inversores extranjeros como para trabajadores desplazados. Sin embargo, aquellos que generan rentas en el país sin ser residentes fiscales deben cumplir con una serie de obligaciones tributarias específicas. En este artículo, analizamos las claves de la fiscalidad para no residentes en España, desde la determinación del estatus fiscal hasta los impuestos aplicables y cómo evitar la doble imposición.
¿Quién se considera no residente a efectos fiscales en España?
Para determinar si una persona se considera residente fiscal en España, la Agencia Tributaria establece tres criterios principales:
- Permanencia en España: Se considera residente fiscal quien permanezca en territorio español más de 183 días en un año natural.
- Centro de intereses económicos: Si el contribuyente genera la mayor parte de sus ingresos o tiene su actividad económica principal en España, se le considera residente fiscal.
- Núcleo familiar: Si el cónyuge o hijos menores de edad residen en España, salvo prueba en contrario, se presume la residencia fiscal.
Si una persona no cumple con ninguno de estos criterios, se considera no residente a efectos fiscales y, por lo tanto, está sujeto a un régimen tributario diferente.
Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR)
¿Qué es el IRNR y quién debe pagarlo?
El Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) es el tributo que grava las rentas obtenidos en España por personas y entidades que no son residentes fiscales en el país.
El IRNR se aplica a los siguientes tipos de rentas:
- Rendimientos del trabajo obtenidos en España.
- Rentas derivados del alquiler de inmuebles situados en territorio español.
- Ganancias patrimoniales, como la venta de bienes inmuebles o activos financieros.
- Rendimiento capital mobiliario y cánones pagados por entidades españolas.
Tipos de rentas sujetas al IRNR
Rentas obtenidas sin establecimiento permanente
Cuando un no residente obtiene ingresos en España sin tener un establecimiento permanente (por ejemplo, una persona que alquila un piso sin operar como empresa), el tipo impositivo es el siguiente:
- 19% para residentes en la UE, Islandia y Noruega.
- 24% para residentes en el resto del mundo.
Rentas obtenidas con establecimiento permanente
Si el no residente opera en España a través de un establecimiento permanente (por ejemplo, una sucursal), las reglas de tributación son similares a las del Impuesto sobre Sociedades, con una tasa general del 25%.
Convenios de doble imposición y cómo evitar la doble tributación
España ha firmado numerosos convenios de doble imposición con diferentes países para evitar que una misma renta sea gravada en dos jurisdicciones.
- Determinan qué país tiene derecho a gravar ciertas rentas.
- Permiten que los impuestos pagados en España puedan deducirse en el país de residencia del contribuyente.
- Aplican reducciones o exenciones en determinados tipos de rentas (por ejemplo, dividendos o intereses).
A efectos prácticos, poniendo un ejemplo, un ciudadano francés que recibe dividendos de una empresa española podría beneficiarse del tratado entre España y Francia, evitando pagar doble impuesto sobre las mismas fuentes de rentas.
Otros impuestos que pueden afectar a no residentes
Impuesto sobre el Patrimonio para no residentes
- Los no residentes deben tributar por el patrimonio que posean en España.
- La base imponible incluye bienes inmuebles, cuentas bancarias y activos en España.
- Existen bonificaciones en función de la comunidad autónoma.
Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones para no residentes
- Las herencias y donaciones de bienes situados en España tributan en el país.
- Los no residentes pueden optar por aplicar la normativa autonómica más favorable.
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD)
- Aplica a la transmisión de inmuebles entre particulares.
- El tipo impositivo varía según la comunidad autónoma.
Requisitos y procedimientos para la declaración de impuestos
Obligaciones fiscales de los no residentes
Los no residentes que generan ingresos en España deben presentar la declaración del IRNR mediante el Modelo 210.
Plazos de presentación
- Rendimiento de capital inmobiliario: partir del 1 de enero de 2024, las rentas derivadas del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles pueden agruparse anualmente. En este caso, la declaración debe presentarse en los primeros 20 días naturales de enero del año siguiente al de devengo.
- Ganancias patrimoniales: Dentro de los tres meses siguientes al mes posterior a la fecha de la transmisión del bien inmueble.
- Rendimiento capital mobiliario: Para autoliquidaciones con resultado a ingresar, la presentación se realizará en los primeros 20 días naturales de los meses de abril, julio, octubre y enero, en relación con las rentas devengadas en el trimestre natural anterior.
Es importante destacar que, a partir del 1 de enero de 2024, se ha introducido la posibilidad de agrupar anualmente las rentas derivadas del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles, facilitando así la gestión fiscal para los no residentes con propiedades en alquiler en España.
Para obtener información más detallada y actualizada, se recomienda consultar la página oficial de la Agencia Tributaria Española.Consecuencias del incumplimiento fisca.
No cumplir con las obligaciones tributarias puede conllevar sanciones, recargos e intereses de demora por parte de la Agencia Tributaria.
Asesoramiento para no residentes
Si eres no residente en España y generas rentas en el país, es fundamental conocer tus obligaciones fiscales para evitar sanciones y optimizar tu carga tributaria. En Miñana Beltrán, contamos con un equipo de expertos en fiscalidad internacional que te ayudará a gestionar correctamente tus impuestos en España. Si necesitas asesoramiento, contacta con nosotros y optimiza tu fiscalidad en España.








