04/03/2021

Derecho a la desconexión digital fuera del horario de trabajo

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Autor del post
Joan Badenes
SOCIO - ASESOR FISCAL
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Durante los últimos años, ha empezado a adquirir cierta relevancia el derecho a la desconexión digital fuera del horario de trabajo.  Este derecho consiste principalmente, en la limitación al uso de las tecnologías de la comunicación (mensajes, correos electrónicos, plataformas o grupos de chat), con la finalidad de garantizar el tiempo de descanso y vacaciones de los trabajadores, con independencia del nivel jerárquico que ocupen.

Aunque las nuevas tecnologías son una herramienta para el desarrollo de la actividad empresarial, aspectos como, por ejemplo, la disponibilidad permanente desde el móvil al correo electrónico, las distintas plataformas de “gestión nube” de documentos, la hiperconectividad y la inmediatez en la comunicación, han dejado a relucir la existencia de un constante enganche al trabajo, fuera del horario laboral, en fines de semana, festivos, e incluso durante las vacaciones.

La finalidad de este derecho a la desconexión digital consiste principalmente en garantizar, que indirectamente no fuerce al trabajador a exceder su jornada de trabajo mediante el uso de los medios electrónicos, delimitando de este modo la vida laboral de la personal.

Aunque a simple vista no lo parezca, el derecho a la desconexión digital se materializa en ciertas ventajas para las empresas como son:

  • Mayor calidad en la comunicación.
  • Aumenta la confianza y la comunicación entre directivos y empleados.
  • Se reduce el estrés de los trabajadores y aumenta su compromiso.

Mejora la reputación de la empresa, al propiciar la atención y cuidado a su personal.

 ¿Y cómo puede la empresa aplicar este derecho en su organización?

La desconexión digital en las empresas parte de la elaboración de políticas internas enfocadas a los trabajadores, en las que se establezcan las pautas y modalidades para el ejercicio de este derecho, formando y sensibilizando al personal sobre el uso razonable de los medios informáticos.

Estas medidas se materializan a través de la implementación de planes y protocolos de desconexión digital, con los que garantizar la efectiva desconexión digital del personal.

Dada la naturaleza personal que abarca este derecho, es importarte destacar, que, aunque se reguló en 2018 con la Ley Orgánica 3/2018, es ahora, cuando Inspección de Trabajo ha empezado a establecer campañas internas específicas, dirigidas especialmente al control y supervisión de la aplicación del derecho a la desconexión digital. Esto quiere decir, que Inspección de Trabajo ya en estos momentos está revisando si se cumple este derecho, solicitando en sede de inspección.

 Para más información sobre la implementación de este protocolo, no dude en ponerse en contacto con nosotros.

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