
El 27 de enero del presente año, 2016, el Gobierno de España, junto a otros 30 Estados, suscribió el Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes para el Intercambio de Información, a través del novedoso informe «País por País», auspiciado por la OCDE. La ratificación del mencionado acuerdo supone dar un paso al frente en la lucha por lograr una mayor transparencia de la información tributaria a nivel internacional.
Este intercambio de información «país por país» queda incluido en el llamado Plan de Acción BEPS (Base Erosion and Profit Shifting) de la OCDE, contra la erosión de las bases imponibles, la planificación fiscal agresiva y la transferencia artificial o simulada de beneficios empresariales.
Dicho informe exige la necesidad de agregar información fiscal a nivel de cada jurisdicción en lo que respecta al reparto mundial de los beneficios e impuestos pagados, así como de determinados indicadores de localización de las actividades económicas en las jurisdicciones fiscales en las que opera el grupo multinacional y, consecuentemente, habrá de enumerar todas las entidades que integran dicho grupo.
Esta nueva medida de cooperación internacional, de carácter comunicativa, será de gran utilidad a la hora de evaluar con carácter global el riesgo de precios de transferencia. Del mismo modo, las distintas Administraciones Tributarias podrán acudir a él para valorar otros riesgos relacionados con la erosión de bases imponibles y el traslado de beneficios. Sin embargo, la información que figura en el informe País por País no constituye por sí sola, una prueba concluyente de que los precios de transferencia sean o no adecuados. Por tanto, no deberá ser utilizada por las administraciones tributarias para proponer ajustes de precio de transferencia mediante un reparto global del beneficio realizado aplicando una fórmula predeterminada.
El referido informe lo que busca es facilitar la tarea de identificar aquellos supuestos en los que las multinacionales han llevado a cabo prácticas de precios de transferencia u otras prácticas, cuyo efecto o resultado sea trasladar artificialmente beneficios sustanciales a marcos fiscales ventajosos.
De acuerdo con la OCDE, estos informes deberán presentarse anualmente en la jurisdicción de la matriz del grupo multinacional, y se compartirán de manera automática con el resto de países firmantes, a través del intercambio de información intergubernamental.