
Adjuntamos una notícia publicada el pasado 21 de noviembre de 2013 en el periódico EL ECONOMISTA, en la que se anuncia la reforma que el Consejo de ministros del 15 de noviembre de 2013 realizó en el Registro Público Concursal.
Según lo expuesto en la noticia, el Registro Público Concursal será gratuito y permanente y no se requerirá justificación interés legítimo alguno para acceder al mismo. En el Registro se publicarán las resoluciones procesales, con indicación de los datos registrables cuando hubieran causado anotación o inscripción en registros públicos.
El portal se estruturará en tres secciones: Primera, de edictos concursales, Segunda, de publicidad registral de resoluciones concursales y Tercera, de acuerdos extrajudiciales. Se permitirán las consultas en atención al nombre, denominación o número de identificación fiscal del deudor y por el nombre o denominación de los administradores concursales, así como por el número de autos o el juzgado competente.