
La futura Ley de Creación y Crecimiento Empresarial, tiene como pilar fundamental potenciar la iniciativa empresarial, para ello, los tramites deben ser ágiles, sencillos y eficaces.
Para agilizar procedimientos, está previsto la utilización de la factura electrónica como medio preceptor de los nuevos cambios para el emprendimiento, sobre todo, en lo que respeta a la inmediatez en el cobro.
Sin embargo, la morosidad es uno de los grandes problemas de liquidez de nuestro país, como así lo advierte Bruselas. Con el ultimátum de la Comisión Europea a España sobre la morosidad, el Ministerio de Economía pretende implantar, lo antes posible y de manera obligatoria, la utilización de la factura electrónica para todos los agentes para conocer los verdaderos plazos de pago y controlar si se cumplen los límites legales de pago de servicios y mercancías.
Actualmente la factura electrónica sólo es de obligado cumplimiento en los trámites con la administración pública. El proyecto de la Futura Ley Crea y Crece, introduce su obligatoriedad, para:
- Todas las empresas y autónomos
- La factura electrónica debe contener los preceptos de la normativa de facturación
- Esta debe ser legible para humanos
- Debe ser autenticada en origen
- No debe ser modificable: Mediante firma electrónica, Mediante intercambio de datos electrónico (EDI), Mediante validación por la AEAT (Agencia Tributaria Estatal).
Para empresas con facturación superior a 8 millones de euros entrará en vigor desde su publicación en el BOE. Para el resto de empresas y autónomos a los 3 años desde su publicación en el BOE.
Se pretende con esta nueva medida, mejorar la eficiencia de las operaciones, optimización de los flujos financieros de las empresas y autónomos, respetándose los plazos legales de pago, ahorro de costes, y en lo que respecta a la Administración, controlar la trazabilidad de las operaciones en la lucha contra el fraude fiscal.