
La Comisión Europea defiende que la banca devuelva todo lo cobrado por las cláusulas suelo
Los abogados de Comisión Europea han informado al Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) que, según el criterio de la Comisión, los bancos deberían devolver las cantidades cobradas en aplicación de las cláusulas suelo.
Dicho informe se incluye en el marco de la cuestión prejudicial planteada por el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Granada sobre el alcance de la retroactividad de la anulación de la cláusula suelo.
En mayo de 2013, el Tribunal Supremo sentenció que el alcance de la nulidad, únicamente admitiendo la devolución de las cantidades cobradas a partir de la fecha de publicación de su sentencia.
Sin embargo, una serie de Audiencias Provinciales y Juzgados de lo Mercantil venían interpretando que la declaración de nulidad de la cláusula suelo implicaba la devolución de las cantidades cobradas como consecuencia de su aplicación, puesto que la declaración de nulidad de una cláusula deriva en la eliminación de todas las consecuencias de su aplicación, como si en ningún momento hubiera existido.
En este mismo sentido se han pronunciado los abogados de la Comisión Europea, quedando la decisión definitiva en manos del TJUE, que deberá dictar sentencia fijando cuál es el alcance de la nulidad de la cláusula suelo.