
Las entidades que ingresen menos de 50.000 euros no deberán presentar el Impuesto de Sociedades
Desde el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha anunciado que el próximo Consejo de Ministros aprobará una disposición por la que se establecerá que entidades parcialmente exentas no estarán obligadas a la declaración del Impuesto de Sociedades.
Las entidades que se podran beneficiar de la inminente modificación son aquellas no superen unos ingresos de 50.000 euros anuales, que sus rentas no exentas no superen los 2.000 euros anuales y que todas sus rentaws exentas estén sujetas a retención.
La reforma del Impuesto de Sociedades que entró en vigor el 1 de enero de 2015, introdujo la obligación de presentar la declaración a todo tipo de entidades, sin ningún tipo de límite. La reforma planteada por el Ministerio entrará en vigor para los periodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2015, con el objetivo de descargar de obligaciones formales tributarias a entidades que por sus limitados recursos personales y materiales tienen graves dificultades para atender dichas obligaciones.