27/03/2019

MEDIDAS CON INCIDENCIA EN LAS PRESTACIONES SOCIALES.

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Autor del post
Joan Badenes
SOCIO - ASESOR FISCAL
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MEDIDAS CON INCIDENCIA EN LAS PRESTACIONES SOCIALES

El pasado 12 de marzo se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado número 61, el Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo.

Destacamos los siguientes aspectos de interés recogidos en el citado RD-Ley:

  1. SUBSIDIO PARA PERSONAS MAYORES DE 52 AÑOS

Modificación de la regulación del subsidio por desempleo para mayores de 55 años. Modificaciones:

  • Reducción de la edad de acceso de 55 a 52 años.
  • Supresión del requisito de tener cumplida la edad de 52 años en el momento del hecho causante del subsidio, permitiendo el acceso cuando se cumpla esa edad y recogiendo en la regulación la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre esta cuestión.
  • Incremento de su duración máxima, de modo que, si antes se percibía hasta que la persona beneficiaria pudiera acceder a cualquiera de las modalidades de pensión contributiva de jubilación, se percibirá hasta el cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación.
  • Eliminación de la consideración de las rentas de la unidad familiar para el acceso al subsidio.
  • Incremento de la cuantía de la cotización por la contingencia de jubilación durante la percepción del subsidio del 100 al 125% del tope mínimo de cotización vigente en cada momento.
  • Y la eliminación de los porcentajes aplicables a la cuantía del subsidio cuando proviene de un trabajo desarrollado a tiempo parcial.
  1. MEDIDAS DE PROTECCIÓN CONTRA LA POBREZA INFANTIL

Incremento de la prestación económica por hijo a cargo hasta:

  • General = 341,00 €/anuales
  • Familias sit. pobreza severa = 588,00 €/anuales

Los límites de ingresos para tener derecho a la asignación económica por hijo o menor a cargo, a que se refieren los párrafos primero y segundo del artículo 352.1.c) LGSS, quedan fijados en:

  • General = 12.313,00 €/anuales
  • Familias numerosas = 18.532,00 €/anuales, incrementándose en 3.002 euros por cada hijo a cargo a partir del cuarto, este incluido.
  1. INCREMENTO DE LAS CUANTÍAS MÍNIMAS DE LA PRESTACIÓN POR INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL PARA MENORES DE 60 AÑOS

Incremento de las cuantías mínimas de la pensión contributiva de incapacidad permanente total para menores de 60 años, con efectos retroactivos al 1 de enero de 2019:

 

  • Con cónyuge a cargo = 6.991,60 €/año
  • Sin cónyuge = 6.991,60 €/año
  • Con cónyuge no a cargo = 6.930,00 €/año