
Nota Informativa sobre las Inundaciones Extraordinarias y la Gestión de Indemnizaciones por parte del Consorcio de Compensación de Seguros (CCS)
Ante las inundaciones extraordinarias que desde el 29 de octubre de 2024 han afectado a la Comunitat Valenciana, Albacete, Cuenca y Andalucía Oriental, el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), dependiente del Ministerio de Economía, asumirá la gestión de indemnizaciones para los asegurados que hayan sufrido pérdidas personales y materiales. Desde Miñana Beltrán expresamos toda nuestra solidaridad con todos los afectados y nos ponemos a su disposición para orientar y asistir en el proceso de reclamación.
Información Esencial sobre las Indemnizaciones del CCS
Cobertura de Daños por el CCS
- Los daños provocados por estas inundaciones se consideran «riesgos extraordinarios,» por lo que son cubiertos por el CCS.
- Las indemnizaciones cubren tanto daños materiales como inmateriales, es decir, no solo los daños físicos a bienes, sino también pérdidas asociadas, como alquileres perdidos o ingresos comerciales interrumpidos debido a la inhabitabilidad de los inmuebles, siempre en función de lo que prevea el contrato de seguro.
Condiciones para la Cobertura
- Es necesario que las personas y bienes afectados cuenten con un seguro en vigor en el momento de la inundación.
- El CCS cubrirá los daños de acuerdo con los capitales y condiciones especificadas en cada contrato de seguro.
Bienes Cubiertos
- Personas Aseguradas: Cubre los daños personales de asegurados.
- Bienes Asegurados: Incluye viviendas, comunidades de propietarios, vehículos, oficinas, locales comerciales, infraestructuras públicas y privadas, industrias y obras civiles.
Daños Materiales e Inmateriales Incluidos
El CCS indemnizará los daños físicos a bienes, así como ciertos daños inmateriales derivados de los mismos, como:
- Pérdida de alquileres de propietarios afectados.
- Gastos de alojamiento temporal en caso de inhabitabilidad de la vivienda.
- Pérdida de ingresos en locales comerciales, servicios o industrias.
Proceso para Solicitar la Indemnización
Opciones para Presentar la Solicitud
- Llamada telefónica: Los asegurados pueden llamar al teléfono gratuito del CCS (900 222 665) para registrar su solicitud proporcionando sus datos y los de los bienes dañados.
- Formulario en línea: También pueden acceder a la web del CCS (www.consorseguros.es) y completar la solicitud en línea.
- Al finalizar, el sistema otorga un número de referencia, que asegura el registro inmediato de la solicitud.
Recomendaciones para el Registro
No es necesario presentar la solicitud en persona ni en oficinas de otros organismos, ya que estos métodos no ofrecen el registro automático que facilita la atención directa por el CCS.
Plazo de Solicitud
Aunque la legislación de seguros establece un plazo de 7 días, el CCS gestionará todas las solicitudes recibidas, incluso si el plazo ha expirado.
Desde Miñana Beltrán, reiteramos nuestro apoyo a quienes se han visto afectados y ofrecemos nuestro asesoramiento para que este proceso se realice de manera clara y rápida.








