
Nueva Reglamentación para Comunicación de Transacciones con el Exterior
Con la entrada en vigor de la Circular 4/2012 del Banco de España (BOE de 4 de mayo de 2012) cambia la forma de comunicar los movimientos de fondos, transacciones y saldos con el exterior entre residentes y no residentes, tanto en personas físicas como jurídicas, así como los responsables de efectuar dicha comunicación.
La nueva norma regula la obligación de informar directamente al Banco de España que tienen las personas físicas y jurídicas residentes en España que realicen operaciones por cuenta propia con no residentes mediante transferencias exteriores, a través de abonos o adeudos en cuentas bancarias o interempresa o mantenga saldos y variaciones de activos y pasivos en el exterior ( cuentas bancarias en el exterior, depósitos de valores, participaciones en capital, etc.).
A partir del 1 de enero de 2014 se elimina la obligación que tienen las entidades financieras de comunicar los conceptos de los cobros y pagos realizados por los clientes residentes con no residentes. A partir de la entrada en vigor de la nueva reglamentación, la obligación de comunicación recaerá directamente sobre los residentes co la periodicidad que se establece en la Circular 4/2012:
– Anual: transacciones con el exterior inferiores a 100 millones de euros en el año anterior, con plazo de envío hasta el 20 de enero. En el caso que fueran menores a 1 millón de euros, la declaración sólo se enviará al Banco de España a requerimiento expreso del mismo.
– Trimestral: transacciones con el exterior entre 100 y 300 millones de euros, con plazo de presentación dentro de los 20 días naturales posteriores al fin de cada trimestre.
– Mensual: transacciones con el exterior superiores a 300 millones de euros, a presentar en los 20 días naturales posateriores al fin de cada mes.
La circular también establece la desaparición de las declaraciones de cobros/pagos que actualmente facilitan las entidades financieras, los modelos de declaraciones de préstamos exteriores y compensaciones, las declaraciones de cuentas abiertas en el exterior y los modelos de declaración de valores.