
La reforma fiscal aprobada por el Gobierno que entra en vigor el 1 de enero de 2015 modifica las retenciones en concepto del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que serán de aplicación en el próximo ejercico 2015. De esta manera, el Real Decreto 1003/2014, de 5 de diciembre, modifica el Reglamento de IRPF, fijando las siguientes retenciones según el tipo de rendimiento:
TIPO DE RENDIMIENTO | RETENCIÓN |
DEL TRABAJO (NOMINA DEL ADMINISTRADOR) | 37% |
DEL CAPITAL MOBILIARIO (INTERES,…) | 20% |
DERECHOS DE IMAGEN, PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL | 20% |
GANANCIAS PATRIMONIALES | 20% |
ARRENDAMIENTO DE BIENES INMUEBLES | 20% |
PROFESIONALES (INGRESOS INTEGRSO 2014 SUPERIORES A 15.000€) | 19% |
PROFESIONALES (INGRESOS INTEGROS 2014 INFERIORES A 15.000€)* | 15% |
PROFESIONALES (PRIMER AÑO DE ALTA Y 2 SIGUIENTES) | 9% |
*Ingresos íntegros de 2014 inferiores de 2014 inferiores a 15.000€ y que representen más del 75% de los rendimientos profesionales y del trabajo.