
Por su importancia, adjuntamos dos consultas tributarias apenas publicadas por
Como decíamos, estas dos nuevas consultas de
A grandes rasgos,
La primera consulta, “tajante y excesiva” desde nuestro punto de vista, deja meridianamente claro lo que ya hemos ido desde este despacho indicando, esto es, la necesidad de acordar estatutariamente una retribución de los administradores. Y establecerlo claramente en los estatutos.
Esta consulta viene, por tanto, a indicar que el gasto de la nómina del administrador (por su condición de administrador) se considera liberalidad, y por tanto, gasto no deducible, en caso que en los estatutos no se establezca una retribución por el cargo de administrador (que tiene su reflejo en la nómina con la retención del 35%).
A nuestro modo de ver, futura jurisprudencia contrariará a
Para evitar riesgos, contingencias, nos afirmamos, ahora más contundentemente en NUESTRA RECOMENDACIÓN es:
1) MODIFICAR ESTATUTOS DE LAS SOCIEDADES, INDICANDO QUE EL CARGO DE ADMINSITRADOR ES RETRIBUIDO
2) RETRIBUIR EL CARGO DE ADMINSITRADOR CON UN MÍNIMO EQUIVALENTE DEL SALARIO EN ESPECIE POR EL PAGO DE
3) REFLEJAR TAL HECHO EN LAS NÓMINAS. Retribución de admnsitrador por un lado; por el trabajo desempeñado, gerencia o dirección comercial, por ejemplo, por otro lado
Ello desgraciadamente conlleva unos costes, pues deben modificarse los estatutos de
Este criterio tan contundente de la AEAT, que la Doctrina y buena parte de los profesionales vienen discutiendo desde hace unos meses, a nuestro modo de ver queda, con estas consultas, meridianamente claro. El afán de la AEAT con una resolución o consulta del calibre de la primera, es recaudatorio: no deducibilidad en el impuesto de sociedades del gasto en concepto de administrador (no quiere decir que no sea deducible el gasto por ser gerente, o director general, o trabajador…..). En cambio sí se tributa por parte del administrador en sede de la persona física.
EN CONCLUSIÓN: no debe pasarse por encima ni debe obviarse la transcendencia de este criterio. Debemos reaccionar al mismo según las recomendaciones que hemos indicado anteriormente. Y debe hacerse con prontitud.
Aprovecho para enviaros un afectuoso saludo
Tomas Miñana